28 Jul
28Jul

El juzgado que lleva el proceso penal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez anunció este 28 de julio que proferirá sentencia condenatoria, al concluir que se acreditaron los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Así lo determinó la jueza durante la audiencia de lectura del sentido del fallo, una etapa procesal en la que se anuncia la decisión final, pero sin detallar aún la pena ni los fundamentos jurídicos completos.

Aunque la defensa del expresidente podrá apelar la decisión y la condena no se considera ejecutoriada, el anuncio marca un hito en el país: es la primera vez que un expresidente colombiano enfrenta un fallo condenatorio en primera instancia por hechos relacionados con la manipulación de testigos y obstrucción a la justicia.

Quedó "suficientemente" acreditada la materialidad del soborno en actuación penal

Durante la exposición oral, la jueza afirmó que, según el material probatorio presentado por la Fiscalía y los apoderados de las víctimas, “quedó suficientemente acreditada la materialidad de la conducta punible de soborno en la actuación penal respecto del testigo Juan Guillermo Monsalve Pineda”.

El testigo había entregado en 2011 una entrevista al entonces representante a la Cámara Iván Cepeda Castro, en la que vinculaba a los hermanos Álvaro y Santiago Uribe Vélez con grupos paramilitares, masacres y extracción ilícita de hidrocarburos. El testimonio fue remitido a la Fiscalía, lo que incomodó al expresidente, quien respondió interponiendo una denuncia contra Cepeda. 

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia se inhibió de investigar al congresista y compulsó copias contra Uribe en 2018.Según la jueza, desde ese momento se desplegó una operación para que Monsalve modificara su declaración. 

A través del abogado Diego Cadena Ramírez, junto con Enrique Pardo Hasche y Carlos Eduardo Gómez Callejas, se ofrecieron beneficios jurídicos y carcelarios, e incluso protección para la familia del testigo, con el objetivo de que desmintiera lo dicho y acusara a Cepeda de haberlo presionado.

Fraude procesal: cartas, videos y declaraciones falsas

La jueza también concluyó que se configuró el delito de fraude procesal, tanto antes como después del auto inhibitorio de la Corte Suprema del 16 de febrero de 2018. Entre las pruebas que sustentan esa afirmación, destacó una carta firmada por Carlos Enrique Vélez Ramírez y presentada a la Corte por el abogado Cadena, cuyo contenido fue calificado como falso.

“Ese documento tenía la virtualidad de hacer incurrir en error a la Corte Suprema de Justicia para que adoptara una decisión que favoreciera los intereses del procesado Álvaro Uribe Vélez”, afirmó la togada. También se refirió a otras tres cartas entregadas en febrero de 2018 por reclusos —entre ellos Fauner Barahona y John Jaime Cárdenas— con contenidos similares, los cuales también fueron desvirtuados durante el juicio.

Asimismo, se cuestionó la validez de un video aportado en abril de 2018 por Eurídice Cortés y varios escritos atribuidos a otros internos, entre ellos Máximo Cuesta, Giovanni Cadavid y Elmo Mármol. Todos estos documentos, dijo la jueza, no correspondían a la verdad y fueron parte de una estrategia para alterar el curso del proceso.

Se quiso socavar la verdad procesal "desde diferentes frentes”

En uno de los apartes más contundentes del sentido del fallo, la jueza expresó que “desde diferentes frentes se quiso socavar la verdad procesal, incrementando la factibilidad del propósito trazado que no era otro diferente a la afectación judicialmente de todos aquellos a quienes consideraba sus adversarios tanto en la política como judicialmente”.

Afirmó que el fraude procesal se presentó de manera reiterada y con fines distintos: antes del auto inhibitorio, para influir en la decisión de la Corte; y después, para buscar su revocatoria.

La lectura de la sentencia completa será el 7 de agosto

Aunque ya se anunció que la sentencia será condenatoria, el juzgado dejó pendiente para el próximo 7 de agosto la audiencia de lectura del fallo completo, en la que se conocerán la pena, los fundamentos jurídicos detallados y las sanciones aplicables.

La defensa de Álvaro Uribe podrá apelar esta decisión ante el Tribunal Superior de Bogotá. Hasta tanto no se resuelva ese eventual recurso y la sentencia quede en firme, el expresidente sigue amparado por el principio de presunción de inocencia.


RTVC Noticias

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